El Tribunal de Penas de la liga se reunió el martes y emitió su resolución Nº 27/2014 en la que describe los jugadores suspendido y habilitados para la próxima fecha del Clausura 2014. Por el momento no han tratado la escaramuza en la que se vieron envueltos el entrenador del Seleccionado SUB 17 y Secretario de la LFNOCH Norberto Bela y el arbitro Silvio Javier Ruiz.
Art. 2º) – Suspender a los siguientes jugadores: Del Club Atlético Huracán: Se rechaza nota presentada por no encuadrarse en el Art. 15; Del Club Cooperativa Las Breñas: SANTILLAN Jorge (Responsable Técnico de Sub 18) por siete (7) días Art. 260, AGUIRRE Mario Alberto por tres (3) partidos Art. 200 Ap. 3, OVEJERO José Luis por dos (2) partidos Art. 204; Del Club Atlético Unión: CATIVA Nicolás por dos (2) partidos Art. 204; Del Club Atlético Atalaya: CAMPOS Fernando por un (1) partido Art. 202 Inc. B); Del Club Coop. La Federación: PAZ Claudio R. por un (1) partido Art. 207; Del Club Sportivo Argentino: ARRIBILLAGA Juan por un (1) partido Art. 207, se lo HABILITA al jugador SAKS Ramiro, se lo habilita al Sr. ALBARRAN Gonzalo (Responsable Técnico); Del Club Deportivo San Jorge: ENGHELARDT Marcelo por tres (3) partidos Art. 200 Ap. 1.-
Art. 2º) – Suspender a los siguientes jugadores: Del Club Atlético Huracán: Se rechaza nota presentada por no encuadrarse en el Art. 15; Del Club Cooperativa Las Breñas: SANTILLAN Jorge (Responsable Técnico de Sub 18) por siete (7) días Art. 260, AGUIRRE Mario Alberto por tres (3) partidos Art. 200 Ap. 3, OVEJERO José Luis por dos (2) partidos Art. 204; Del Club Atlético Unión: CATIVA Nicolás por dos (2) partidos Art. 204; Del Club Atlético Atalaya: CAMPOS Fernando por un (1) partido Art. 202 Inc. B); Del Club Coop. La Federación: PAZ Claudio R. por un (1) partido Art. 207; Del Club Sportivo Argentino: ARRIBILLAGA Juan por un (1) partido Art. 207, se lo HABILITA al jugador SAKS Ramiro, se lo habilita al Sr. ALBARRAN Gonzalo (Responsable Técnico); Del Club Deportivo San Jorge: ENGHELARDT Marcelo por tres (3) partidos Art. 200 Ap. 1.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario